La estructura Institucional para la conmemoración de los bicentenarios de la independencia de las repúblicas iberoamericanas se estableció a finales del año 2007 a través de una serie de Reales Decretos que constituyeron la Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de las Repúblicas Iberoamericas. La Comisión cuenta con los siguientes órganos:
- El Pleno de la Comisión. Está presidido por la Vicepresidenta Primera del Gobierno. Forman parte del Pleno una amplia representación de la Administración Española y una serie de Instituciones, Fundaciones y Sociedades de carácter público o privado. Adoptó un Plan de actuación y aprueba iniciativas que, relacionadas con los Bicentenarios de las Independencias de las Repúblicas Iberoamericanas, se le planteen tanto desde América, como desde España u otros ámbitos regionales o la Unión Europea.
- El Comité Ejecutivo. Está presidido por el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación e integrado por miembros de la Presidencia del Gobierno, Ministerio de Cultura y de la Fundación Carolina, entre otros.
- El Grupo de Trabajo de la Secretaría de Estado para Iberoamérica. Órgano de carácter informal al no estar respaldada su creación en ningún real decreto regulador de la CNB. Su composición varía según el contenido de los temas que deba tratar. Lo convoca y preside el Secretario de Estado para Iberoamérica que prepara las propuestas que han de presentarse al Comité Ejecutivo para que éste las someta al Pleno que las adopta definitivamente.
- El Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Don Felipe González Márquez.
- Un Embajador Adjunto que dirige la Oficina de la Comisión Nacional para los Bicentenarios con sede en el Palacio de Viana del MAEC. Desde el 6 de febrero de 2009 el Embajador es Juan Romero de Terreros.
- Creación de la Comisión Nacional de Bicentenarios - Real Decreto 595/2007 del 4 de mayo (PDF)
- Modificación de la Comisión Nacional Bicentenarios - Real Decreto 1258/2007 del 21 de septiembre (PDF)
- Nombramiento del Embajador Extraordinario y PlenpotenciarioFG - Real Decreto 1072/2007 del 31 de julio